Status

Información del llamado

Reglamento de Tierras 1815 fr. 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 34 y 35,

Información general
Expediente:
LLM 773, 774, 775, 776, 777, 778, 779, 780, 781 y 782.
Tipo:
Arrendamiento
Estado:
Finalizado
Fecha de apertura:
01/06/2022
Fecha de cierre:
20/06/2022
Departamento:
Florida
Colonia:
Reglamento de Tierras de 1815
Inmueble:
650
Fracción:
25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 34 y 35
Ubicación:
Paraje Timote
Padrón:
11939
Superficie:
120, 106, 105, 95, 115, 98, 136, 107, 125 y 104 ha
Rubro principal:
Lechería
Modalidad:
Unidad de producción familiar
Índice de productividad:
102-169
Monto renta anual aproximado:
$417.000-$589.000  pesos uruguayos
Mejoras existentes en el predio
Mejora
Estado
Vivienda MEVIR 3 dormitorios
Pozo semisurgente
Alambrados perimetrales
Teléfonos de contacto

Regional Florida INC 4353 9125 - 098545156

 

 

Observaciones

Resolución n.º 16 del Acta n.º 5593 de fecha 30 de marzo de 2022:

"6º) Realizar los respectivos llamados a interesados en el arrendamiento de las fracciones núms. 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 34 y 35 de la Colonia Reglamento de Tierras de 1815, inmueble n.º 650, destinadas a la producción lechera, dirigido a productores familiares lecheros y asalariados rurales con ganado lechero en propiedad, quienes deberán residir en el predio y explotarlo directamente priorizándose a aquellos postulantes que integren familias en desarrollo.

7º) Comunicar a los aspirantes que el INC podrá otorgar financiamiento a los adjudicatarios para la construcción de salas de ordeñe y sistemas de manejo de efluentes.

8º) Comunicar a los aspirantes que para dar inicio a las tareas de ordeñe, deberán tener operativos los sistemas de manejo de efluentes requeridos en cada caso."

 

Difusión

Página web del INC www.colonizacion.com.uy

Perfil de los aspirantes

Dirigido a productores familiares lecheros y asalariados rurales con ganado lechero en propiedad, quienes deberán residir en el predio y explotarlo directamente priorizándose a aquellos postulantes que integren familias en desarrollo.

Aspirantes inscriptos
Identificador
Observaciones
2.623.821-7 / 3.448.389-2
Titularidad Conjunta
3.004.702-6
Individual
3.241.296-4 / 5.187.586-0
Cotitularidad
3.609.040-5 / 5.351.707-6
Titularidad Conjunta
3.981.557-9 / 4.885.398-4
Titularidad Conjunta
4.315.313-9 / 4.519.146-4
Cotitularidad
4.375.475-9 / 5.027.585-1
Titularidad Conjunta
4.448.059-7 / 4.821.392-4
Titularidad Conjunta
4.484.373-3 / 4.719.859-9
Titularidad Conjunta
4.543.394-3 / 4.886.919-1
Cotitularidad
4.572.989-3
Individual
4.653.391-8
Individual
4.677.227-7 / 5.085.998-8
Titularidad Conjunta
4.761.539-9 / 5.252.842-0
Titularidad Conjunta
4.773.435-9 / 5.031.546-3
Titularidad Conjunta
4.832.305-4 / 4.894.037-3
Titularidad Conjunta
4.853.841-5
Individual
4.862.279-9 / 5.135.004-6
Titularidad Conjunta
4.895.612-6 / 5.239.810-4
Titularidad Conjunta
4.908.834-2
Individual
5.016.589-0 / 5.016.590-3
Cotitularidad
5.022.953-9
Individual
5.045.366-3 / 5.382.974-4
Cotitularidad
5.063.094-8 / 5.134.753-0
Titularidad Conjunta
5.096.857-5
Individual
5.142.601-5
Individual
5.293.035-0
Individual
5.406.106-2
Individual
5.408.801-6
Individual
Resolución de adjudicación

Por resolución n.º 13 del Acta n.º 5648 de fecha 09 de mayo de 2023 Directorio resuelve:

1º) Adjudicar en arrendamiento la fracción n.º 25 de la Colonia Reglamento de Tierras de 1815, inmueble n.º 650, al señor Santiago Martín Genta Amarante, titular de la cédula de identidad nº 4.572.989-3, quien -en su condición de colono- deberá cumplir con las obligaciones que le impone la ley nº 11.029 y sus modificativas.

2º) Adjudicar en régimen de arrendamiento en titularidad conjunta la fracción n.º 26 de la Colonia Reglamento de Tierras de 1815, inmueble n.º 650, al señor Federico Martín Herrero de los Santos, titular de la cédula de identidad nº 4.862.279-9, y a la señora Caroline Yamila Prieto Possales, titular de la cédula de identidad nº 5.135.004-6, quienes -en su condición de colonos- deberán cumplir con las obligaciones que les impone la ley nº 11.029 y sus modificativas.

3º) Adjudicar en régimen de arrendamiento en titularidad conjunta la fracción n.º 27 de la Colonia Reglamento de Tierras de 1815, inmueble n.º 650, al señor Pablo Federico Martínez López, titular de la cédula de identidad n.º 4.821.392-4 y a la señora María Noel Rivero Bernat, titular de la cédula de identidad nº 4.448.059-7, quienes -en su condición de colonos- deberán cumplir con las obligaciones que les impone la ley nº 11.029 y sus modificativas.

4º) Adjudicar en régimen de arrendamiento en titularidad conjunta la fracción n.º 28 de la Colonia Reglamento de Tierras de 1815, inmueble n.º 650, al señor Angel Horacio Salomone Pombo, titular de la cédula de identidad n.º 5.096.857-5 y a la señora Katherin Cabrera Sánchez, titular de la cédula de identidad nº 5.352.718-2, quienes -en su condición de colonos- deberán cumplir con las obligaciones que les impone la ley nº 11.029 y sus modificativas.

5º) Adjudicar en arrendamiento la fracción n.º 29 de la Colonia Reglamento de Tierras de 1815, inmueble n.º 650, al señor Francisco Gabriel Fernández Carrión, titular de la cédula de identidad nº 5.408.801-6, quien -en su condición de colono- deberá cumplir con las obligaciones que le impone la ley nº 11.029 y sus modificativas.

6º) Adjudicar en régimen de arrendamiento en titularidad conjunta la fracción n.º 30 de la Colonia Reglamento de Tierras de 1815, inmueble n.º 650, al señor Enzo Luis Salomone Pombo, titular de la cédula de identidad n.º 4.761.539-9 y a la señora Rosita Tatiana Chagas Ortega, titular de la cédula de identidad nº 5.252.842-0, quienes -en su condición de colonos- deberán cumplir con las obligaciones que les impone la ley nº 11.029 y sus modificativas.

7º) Adjudicar en régimen de arrendamiento en titularidad conjunta la fracción n.º 31 de la Colonia Reglamento de Tierras de 1815, inmueble n.º 650, al señor Eduardo José Martínez Marichal, titular de la cédula de identidad n.º 3.609.040-5 y a la señora Amelia Natali Silvera Flores, titular de la cédula de identidad nº 5.351.707-6, quienes -en su condición de colonos- deberán cumplir con las obligaciones que les impone la ley nº 11.029 y sus modificativas.

8º) Adjudicar en régimen de arrendamiento en titularidad conjunta la fracción n.º 33 de la Colonia Reglamento de Tierras de 1815, inmueble n.º 650, al señor Jonathan Martínez Llaguna, titular de la cédula de identidad n.º 4.895.612-6 y a la señora María Yuliana Alvarez Sánchez, titular de la cédula de identidad nº 5.239.810-4, quienes -en su condición de colonos- deberán cumplir con las obligaciones que les impone la ley nº 11.029 y sus modificativas.

9º) Adjudicar en régimen de arrendamiento en titularidad conjunta la fracción n.º 34 de la Colonia Reglamento de Tierras de 1815, inmueble n.º 650, al señor Mario César Márquez Tejera, titular de la cédula de identidad n.º 4.484.373-3 y a la señora Andrea Silveira Márquez, titular de la cédula de identidad nº 4.719.859-9, quienes -en su condición de colonos- deberán cumplir con las obligaciones que les impone la ley nº 11.029 y sus modificativas.

10º) Adjudicar en régimen de arrendamiento en titularidad conjunta la fracción n.º 35 de la Colonia Reglamento de Tierras de 1815, inmueble n.º 650, a la señora María de los Angeles Picardo Cáceres, titular de la cédula de identidad n.º 5.406.106-2 y al señor Jorge Andrés Conde Chaparro, titular de la cédula de identidad nº 4.651.900-7, quienes -en su condición de colonos- deberán cumplir con las obligaciones que les impone la ley nº 11.029 y sus modificativas.

Documentos
Sesión del navegador próxima a expirar

La sesión del navegador expirará en segundos

Por favor mueva el cursor para extender la sesión

Sesión del navegador expiró
La sesión del navegador expiró, guarde los datos ingresados, presione recargar o refresque la página