Trámites de ofrecimientos de tierras deberán agendarse
Trámites de ofrecimientos de tierras deberán agendarse
ATENCIÓN: La recepción de autorización por Art.35 de la ley n.º 11.029 y sus modificativas y el artículo 5 de la ley 18.756 se realizan unicamente con agenda previa. Comunicarse a los siguientes teléfonos:
Por consultas o agenda, debe comunicarse a: 098 479 178 - 092 995 896
Más información sobre el trámite del Art. 35 de la ley 11.029
Más información sobre el trámite del Art.5 de la ley 18756
Vigencia de constancias o certificados emitidos por el INC
Tener en cuenta que:
-Se priorizarán las comunicaciones con colonos/as y público en general vía telefónica, correo electrónico, whats app, buscando resolver todas las situaciones y trámites por estos medios.
- Toda persona que ingrese al INC deberá brindar su nombre completo, cédula de identidad y un teléfono de contacto a efectos de poder mantener un registro del ingreso, por su seguridad y la nuestra.
Fecha de última actualización: 02.06.2023