Aspirantes a tierras
Novedades
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El viernes 22 de noviembre, la Colonia Eduardo Acevedo de Artigas conmemoró sus 50 años de historia con una emotiva celebración que reunió a alumnos, exalumnos, colonos, y autoridades del Instituto Nacional de Colonización y del Ministerio de Ganadería.
- El presidente del Instituto Nacional de Colonización (INC), Julio César Cardozo, destacó que el organismo continúa adquiriendo tierras y mantiene un orden económico y financiero.
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El presidente del Instituto Nacional de Colonización (INC), Julio César Cardozo, participó el 9 de noviembre de la conmemoración por los 50 años de la colonia 33 Orientales de Florida, donde destacó el crecimiento que esta ha tenido con el apoyo técnico del organismo.
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El INC lamenta con profundo dolor el fallecimiento de una integrante de un grupo arrendatario de una fracción y de su hijo, extendiendo nuestras más sinceras condolencias a su familia.
¿Qué es el Instituto Nacional de Colonización?
¿Qué es el Instituto Nacional de Colonización?
El INC es el organismo público de referencia en materia de política de tierras y una de las instituciones públicas relevantes en la promoción del desarrollo rural. Este ente autónomo, creado por la ley n.° 11 029, se encarga de adoptar un conjunto de medidas para promover una racional subdivisión de la tierra y su adecuada explotación, en procura del aumento y la mejora de la producción agropecuaria y la radicación y bienestar del trabajador rural.
¿Quiénes acceden a las tierras del INC?
Existe la definición legal de dar especial prioridad, para el ingreso a las tierras del ente, a las familias integradas por personas jóvenes y con niños en edad escolar así como a los pequeños productores organizados, trabajando en grupo, que ya estén realizando explotaciones asociativas de la tierra, que exploten áreas insuficientes y/o con tenencias precarias (Art. 13 de la ley n.° 18 187, 2007).
¿Con qué herramienta cuenta el INC para adquirir tierras?
Todo propietario, antes de enajenar un campo de una extensión de: 200 ha en Colonia, Florida, Maldonado y San José, 100 ha en Canelones o 500 ha en el resto del país de índice de productividad 100; está obligado a ofrecerlo, en primer término al INC, el que tendrá preferencia para la compra por igual valor y plazo de pago (Art. 35 de la ley n.°11 029 y sus modificativas).